RESTAURADORA DE CUADROS
Un juez reconoce por primera vez el origen profesional del síndrome de sensibilidad química múltiple
Condenan a Asepeyo a indemnizar a una restauradora de cuadros de Patrimonio Nacional
   BARCELONA, 16 Mar. (EUROPA PRESS) - 
   El Juzgado Social 35 de Madrid ha reconocido por primera vez el  origen profesional del síndrome de sensibilidad química (SSQ) múltiple  en una sentencia contra la mutua Aspeyo de Accidentes de Trabajo y  enfermedades profesionales de la Seguridad Social y la empresa  Patrimonio Nacional para la que trabaja, ha informado el Colectivo  Ronda.
   Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, una  mujer de 35 años, que trabajaba --desde los 18-- como restauradora de  cuadros para Patrimonio Nacional --dedicada a conservar los bienes que  la Corona cedió al Estado--, ha contraído el SSQ en el desempeño de su  empleo.
   Desde 2008, la paciente notó su salud deteriorada sintiendo  molestias en la garganta, malestar general, gástrico, cefaleas,  dermatitis, sequedad de mucosas, diarrea y dolores articulares ante la  presencia de perfumes, pinturas, ambientadores, gasolina, lejía,  cosméticos, insecticidas y productos de limpieza.
   La mujer, después de pasar por varios periodos de bajas laborales,  solicitó la declaración de Invalidez Permanente Total por enfermedad  profesional, que le fue denegada a pesar de haberle sido diagnosticado  el SQQ y las enfermedades asociadas síndrome de fatiga crónica y  fibromialgia.
   Según la sentencia, la Seguridad Social denegó la incapacidad de  la trabajadora al "no presentar reducciones anatómicas o funcionales que  disminuyan o anulen su capacidad laboral", por lo que la mujer demandó a  la empresa, y a la mutua.
   En esta sentencia, el juez ha declarado la incapacidad permanente  total por enfermedad profesional al considerar que la mujer está  limitada para las tareas de su profesión dada la pérdida de tolerancia a  estos productos generando una "evidente incompatibilidad" y una  incapacidad permanente total para su profesión habitual.
   El juez ha asegurado que los síntomas de la paciente se deben a  una "exposición laboral durante años a disolventes y otros químicos",  por lo que existe un nexo causal entre la exposición laboral y las  enfermedades que padece.
   De hecho, ha indicado que las sustancias químicas usadas en la  restauración están codificadas dentro del cuadro de enfermedades  profesionales y como agentes causantes de ellas.
   Por ello, el juez ha condenado a Asepeyo Mutua de Accidentes de  Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social al abono de  prestaciones sobre el 55 por ciento de su base reguladora de 2.138 euros  al mes y efectos desde el cese en el trabajo, subsidiariamente al  Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la  Seguridad Social, y ha absuelto a la empresa demandada Patrimonio  Nacional.
http://www.europapress.es/salud/politica-sanitaria-00666/noticia-juez-reconoce-primera-vez-origen-profesional-sindrome-sensibilidad-quimica-multiple-20110316142851.html

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